Habilitación Instrumentos - IFR


El entrenamiento se realiza doble comando, en el avión es necesario el uso de careta para el alumno.

El aspirante debe ser titular de una licencia de piloto privado – PPA.

Teniendo un máximo de veinte horas de instrumentos efectuadas en entrenador estático se contabilizarán como horas de vuelo en instrumentos, según autorización de la UAEAC.

De las 30 horas de entrenamiento en dispositivo en el programa de PPA, un máximo de diez (10) horas serán computables como parte del entrenamiento de vuelo por instrumentos.

Adicional el alumno deberá recibir cuarenta y cinco (45) horas teóricas.


Fases para la Habilitación de Instrumentos

Materias Teóricas IFR

El pensum se desarrollará bajo la dirección de instructores licenciados altamente calificados

Fase de Entrenamiento en Dispositivo Instrumentos Aproximaciones

Los entrenamientos se efectúan siempre con instructor calificado.

Para cada entrenamiento el alumno debe preparar un plan de vuelo y la preparación del vuelo (flightlog)

Fase de Instrumentos en Avión

El entrenamiento se lleva a cabo doble comando y es necesario uso de careta para el alumno.

Fase Nocturno - IFR

La misma tendrá relación directa con la evolución y rendimiento del alumno en la fase de instrumentos.

Chequeo Final de Fase IFR

En dispositivo de entrenamiento con instructor calificado y con Inspector o Examinador designado de la Aerocivil.

Chequeo final PPA

Doble comando con el Jefe de Operaciones o instructor delegado calificado y con Inspector o Examinador designado de Aerocivil (RAC Numeral 2.2.3.7.1. literal b).